Corte Penal Internacional le pone la lupa a los delitos sexuales

      
Un reporte de actividades del Fiscal de ese tribunal internacional indica que en el país son limitados los procedimientos para sancionar a quienes cometieron actos de violencia sexual, considerado un crimen de guerra por la legislación.

Para la Oficina del Fiscal de la CPI, la violencia sexual en Colombia ss preocupante. Foto: Semana

A la Oficina de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) le preocupan los delitos sexuales en Colombia, en particular aquellos que están relacionados con acciones derivadas del conflicto armado que por más de cinco décadas han agobiado a las comunidades rurales y urbanas.

Así lo dejó establecido la CPI en su último reporte de actividades preliminares en relación con el llamado Examen Periódico Universal, un mecanismo de evaluación de la Corte Penal Internacional creado en junio de 2005 que le mide el pulso a los países que están dentro de la jurisdicción de esta instancia judicial internacional en temas de violaciones a los derechos humanos relacionados con crímenes de guerra perpetrados por grupos armados, tanto legales como ilegales.

Tanto en este informe como en otros producidos en años anteriores, la Oficina del Fiscal de la CPI ha determinado, con base en la información que posee, que en Colombia se han cometido crímenes de lesa humanidad desde el 1 de noviembre de 2002, fecha en la que entró en vigencia la Corte, entre ellos asesinatos, traslado forzoso de población, encarcelación u otra privación grave de la libertad física, tortura, violación y otras formas de violencia sexual. Asimismo considera que “existe una base razonable para creer” que también se han cometido crímenes de guerra desde el 1 de noviembre de 2009, cuando venció la salvaguarda que había firmado Colombia para este tipo de crímenes.

Preocupa violencia sexual
Tras hacer una valoración de la información recolectada entre el 21 de noviembre de 2013 y el 22 de febrero de 2014 la Fiscal conceptuó que “a pesar de la magnitud del fenómeno, el número de procedimientos en relación con la violación y otras formas de violencia sexual cometidos en el conflicto armado sigue siendo limitada”.

Para demostrar esas limitaciones, la CPI tomó como referencia 183 casos de violencia sexual relacionados con el conflicto armado conocidos por la justicia colombiana y que la Corte Constitucional ordenó investigar. Según esta instancia de justicia internacional, “el grupo de trabajo encargado de supervisar su aplicación toma nota de que, a partir de marzo de 2013, sólo cinco condenas y una absolución por los actos de violencia sexual han sido emitidos, mientras que 95 casos permanecen en la etapa preliminar de la investigación, 16 estaban en la fase de investigación, cuatro fueron por terminado en la etapa de investigación, 26 estaban inactivos y cinco han resultado en acusaciones”.

La CPI también ha revisado las investigaciones que se adelantan bajo la aplicación de la Ley de Justicia y Paz, que juzga a exparamilitares y exguerrilleros, en particular contra los 16 exjefes de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) y cinco excomandantes de las Farc. En relación con estos procesos, aseveró que en todos ellos se registran cargos de delitos sexuales. En el caso de los grupos paramilitares se reportan por lo menos 2.906 víctimas y en el de la insurgencia se referencian 37 casos que viene investigando la Dirección de Análisis y Contexto (Dinac) de la Fiscalía General de la Nación.

El análisis de la CPI reportó, adicionalmente, cinco casos que podrían incluir cargos de violencia sexual que comprometen a 9 víctimas, que han tenido ocurrencia en la región de los Montes de María, una extensa zona que comprende los departamentos de Sucre y Bolívar, en los que la Dinac viene trabajando para lograr su esclarecimiento y juzgar a los responsables.

Si bien la CPI referenció las limitaciones que se presentan en el proceso de juzgamiento de estos casos, también destacó los esfuerzos que viene haciendo el gobierno nacional para enfrentar este delito, entre ellos la aprobación en junio pasado de una ley que protege a las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado.

En lo sustancial, esta nueva legislación eliminó la prescripción de éstos delitos e introdujo otros, como la esterilización, el embarazo, la desnudez y el aborto forzados. Además, se opone a la investigación de los delitos sexuales por parte de tribunales militares y advierte que los actos de violencia sexual en situaciones de conflicto armado pueden constituir crímenes de la competencia de la CPI.

“La adopción de la nueva legislación es un paso positivo dado por las autoridades colombianas a investigar y enjuiciar los delitos de violencia sexual”, consideró la Oficina del Fiscal de la CPI y reiteró que le hará un “seguimiento de cerca sobre los progresos concretos en términos de procedimientos nacionales”, así como el de las investigaciones que vienen realizando las autoridades judiciales.

Sobre Marco Jurídico para la Paz
Además de los procedimientos relacionados con delitos sexuales, la Oficina de la Fiscalía de la CPI tiene otras cuatro áreas de interés que identificó en 2012, cuando realizó un extenso informe sobre Colombia, y que consideró de su competencia con el objetivo de hacer un constante seguimiento. Se trata del Marco Jurídico para la Paz y otros desarrollos legislativos pertinentes, así como los aspectos jurisdiccionales relacionados con la aparición de “nuevos grupos armados ilegales”; la promoción y expansión de los grupos paramilitares; el desplazamiento forzado y los casos que se conocen como “falsos positivos”.

En relación con el Marco Jurídico para la Paz, la Oficina del Fiscal de la CPI consideró que los parámetros dictados por la Corte Constitucional en agosto del año pasado, cuando aprobó esta norma, que regulará todo el proceso de posconflicto en el país, se ajustan a las obligaciones internacionales que ha adquirido el país en materia de defensa de los derechos humanos.

Uno de los parámetros que destacó la CPI establece que “el mecanismo de la suspensión total de la ejecución de una sentencia no puede aplicarse a los condenados como máximos responsables de crímenes de lesa humanidad, el genocidio y los crímenes de guerra cometidos de manera sistemática”, lo que indica que ante cualquier proceso de paz, como por ejemplo el que adelantan desde hace dos años el gobierno nacional y la guerrilla delas Farc en Cuba no implicará impunidad para quienes perpetrados esa clase de delitos.

En su informe preliminar, la CPI aseguró que continuará colaborando con las autoridades colombianas para garantizar que cualquier eventual acuerdo de paz, así como la legislación aplicada por el Marco Jurídico para la Paz, sean compatibles con el Estatuto de Roma, un instrumento acordado y aprobado el 17 de julio de 1998 por la mayoría de los países miembros de las Naciones Unidas que juzga los crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad cuando no opera la justicia nacional.

Otro de los temas que sigue de cerca la CPI es la reforma de la justicia penal militar, que actualmente se discute en el Congreso de la República. Esta instancia de justicia internacional advierte que “ha seguido supervisando y analizando la evolución con un impacto potencial en el desarrollo de los procedimientos nacionales por presuntos homicidios cometidos por miembros de las fuerzas armadas, conocidas en Colombia como falsos positivos”.

En su informe preliminar sobre este asunto, informó que ha tomado nota de las “opiniones expresadas por la sociedad nacional civil, las ONG internacionales y las instituciones internacionales (…) sobre las consecuencias que las reformas propuestas podrían tener para la investigación y persecución de los delitos relacionados con el examen preliminar de la Fiscalía”.

En la actualidad se discute en el Congreso un proyecto de reforma constitucional a la justicia penal militar que ha recibido críticas de sectores sociales y políticos, así como de organismos nacionales e internacionales, entre ellos la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que considera un desacierto que la fase preliminar de investigación esté a cargo de miembros de la justicia penal militar, “en detrimento de una evaluación independiente realizada por las autoridades de la justicia ordinaria. Esta primera fase es esencial para aclarar los hechos y determinar responsabilidades”.

Dado el carácter de la discusión y las implicaciones en materia de derechos humanos, la Oficina del Fiscal de la CPI anunció en su informe que “continuará evaluando estos desarrollos y propuestas, y buscará más información y aclaraciones a las autoridades colombianas como parte de la evaluación de la admisibilidad de los casos potenciales de la Oficina”.

Con relación a lo que llamó “promoción y expansión de los grupos paramilitares”, la CPI dijo que hasta julio de este año ha reunido información sobre 1.124 casos en contra de políticos, 1.023 casos contra miembros de las Fuerzas Armadas y 393 casos en contra de las autoridades públicas, que han sido dados a conocer en desarrollo de las distintas etapas de juzgamiento a exparamilitares dentro del proceso de Justicia y Paz.

Sobre este particular, la CPI anunció que tratará de buscar mayor información entre las autoridades colombianas “con el fin de para evaluar si se dirigen a descubrir la red de apoyo político, militar y económico de los grupos armados paramilitares”.

Sobre desplazamiento y “falsos positivos”
El informe preliminar correspondiente al periodo 2013-2014, incluyó en sus advertencias el tema del desplazamiento forzado, el cual es observado con detenimiento desde esta instancia de justicia internacional. En el tiempo analizado, la Oficina de la CPI recibió del gobierno nacional información sobre 16 casos con condenas contra nueve personas bajo la justicia ordinaria: “de estos, siete fueron en contra de miembros de grupos armados paramilitares, uno contra un comandante de la guerrilla, y uno contra un miembro de otro grupo armado ilegal”.

Al Fiscal de la CPI también le ha llegado información proveniente de los tribunales de Justicia y Paz que hace alusión a las 16 macro-investigaciones que se adelantan contra 13 exjefes paramilitares y dos excomandantes de la guerrilla de las Farc de nivel medio. Hasta febrero de este año, la justicia colombiana había emitido solo una sentencia condenatoria de primera instancia por este delito contra un excomandante de un grupo paramilitar.

Recordó esta instancia judicial que la Dirección de Análisis y Contexto Nacional de la Fiscalía colombiana está investigando 37 casos que incluye, entre otros, cargos por desplazamiento forzado cometidos en contra de las comunidades indígenas en diversas regiones del país.

Sustentada en esos datos y en un concepto de la Corte Constitucional sobre desplazamiento forzado incluido en el Auto 173 el 6 de junio de 2014 que indica que persiste el “estado de cosas inconstitucional en relación con los derechos fundamentales de la población desplazada” y expresa su preocupación sobre la estrecha relación entre la discapacidad y la vulnerabilidad a la violencia sexual, en particular en el contexto del desplazamiento forzado, la CPI anunció que continuará observando la situación.

En relación con los casos conocidos como “falsos positivos”, que implica la muerte de civiles a manos de miembros de la Fuerza Pública que son presentados como “guerrilleros muertos en combate”, la Oficina del Fiscal de la CPI afirmó que ha estado en comunicación con las autoridades colombianas para darle seguimiento a los procedimientos nacionales relativos a los presuntos casos de falsos positivos.

Durante una misión de trabajo en el país, funcionarios de la Fiscalía de la CPI se reunieron con sus homólogos de la Fiscalía General de la Nación para hablar de los llamados “falsos positivos”. Allí recibieron información relacionada con un mapeo de casos ocurridos en diversas regiones del país realizado con el propósito de identificar las unidades militares que, supuestamente, han participado en estos delitos.

“La información recibida por la Fiscalía también indica que, sobre la base de los resultados de la Procuraduría General, algunos de los casos más graves se han priorizado para su investigación”, dice la CPI, por lo que continuará “el análisis de información relativa a estas actuaciones y seguirá colaborando con las autoridades colombianas y de otros actores en el seguimiento de los avances de estos casos”.

Finalmente, La Oficina del Fiscal de la CPI anunció que realizará una nueva misión a Colombia a principios del 2015 con el fin de continuar con sus seguimientos con autoridades colombianas y otros actores sobre estos crímenes, considerados de su competencia, para observar su evolución y poder determinar que en el país sí se está procediendo judicialmente contra los responsables.

Hay que recordar que la Corte Penal Internacional sólo interviene en un país en caso de que la justicia local no opere. Y que su ámbito son los crímenes de lesa humanidad o de guerra, cometidos desde 2002 en los países que suscribieron el Estatuto de Roma.