Insurgentes de las Farc enfrentan nuevas reglas de amnistía

      

El presidente Juan Manuel Santos firmó un nuevo decreto para aclarar algunos aspectos de la libertad de hombres y mujeres de la organización guerrillera que se sobrentendían en la teoría, pero que no siempre se aplicaban en la realidad.

nuevo decreto amnistias farc‘Jesús Santrich’, miembro del Secretariado de las Farc, hizo parte de la huelga de hambre de los guerrilleros encarcelados para pedir el cumplimiento de la amnistía. Foto: Tomada del Twitter de ‘Santrich’.

Los tiempos eran claros: los miembros de las Farc recluidos en las cárceles por delitos políticos tenían 10 días para salir amnistiados a partir del momento de que se aprobó la Ley de Amnistía e Indulto en diciembre del año pasado. Pero la realidad riñe con el papel. Siete meses después de sancionada esa norma solo han sido excarcelados 1.312 hombres y mujeres de los 3.406 que propuso la guerrilla.

Los obstáculos tampoco se precisaron en febrero pasado, cuando el presidente Juan Manuel Santos expidió el Decreto 277 para establecer cómo sería la “efectiva implementación” de la Ley de Amnistía e Indulto y a pesar de que en mayo pasado la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación (CSIVI) aseguró mediante un comunicado que el gobierno nacional tomaría todas las medidas necesarias para aplicar la amnistía “antes de finalizar el proceso de dejación de armas”, pero tampoco se cumplió ese plazo.

Para presionar soluciones concretas, cerca de 1.400 guerrilleros detenidos iniciaron el 26 de junio una huelga de hambre, a la que se sumó el jefe guerrillero ‘Jesús Santrich’, quien en libertad expuso constantemente la situación de sus “camaradas”.

La zozobra ronda a los presos de las Farc

En vista de ello, la Misión Política de la ONU le llamó la atención al gobierno nacional a través de un comunicado fechado el 13 de julio en el que afirmó que la detención de los guerrilleros beneficiadoscon la amnistía “socava el proceso de reincorporación y la consolidación de la paz”.

Luego de esa misiva, el presidente Santos sancionó un decreto adicional para ajustar aún más los términos de las amnistías y aclarar algunos puntos que, en la práctica, se estaban enredando. En respuesta, los insurgentes levantaron la protesta.

Uno de los puntos del Decreto 1259 del 19 de julio de 2017 es que si un guerrillero tiene varios procesos en contra, el juez debe recibir toda la información en máximo dos días para tomar una sola decisión.

“No tiene sentido hacer solicitud proceso por proceso, pues tendríamos que hacer 70 mil solicitudes porque los 3.400 presos de las Farc tienen cerca de 70 mil procesos”, indicó John Freddy León, miembro de la Corporación Solidaria Jurídica, que ha acompañado este mecanismo de amnistía.

Otro de los límites que puso el decreto fue el tiempo para responder las reposiciones. León explicó que antes un juez podía decidir en 10 días si daba o no la amnistía, pero se demoraba eternidades respondiendo las apelaciones. Ahora, tiene un límite de tres días para ello.

Una aclaración que hizo el nuevodecreto presidencial parece ser obvia, pues dice que se deberán cancelar las órdenes de captura o medidas de aseguramiento a quienes obtengan la amnistía. Pero León indicó que en la realidad sí había problemas al respecto: “Es recurrente que cuando obtienen la boleta de libertad, en el primer puesto de control sea en la terminal o yendo de la cárcel a la zona veredal lo recapturan porque la base de datos no se ha actualizado y todavía tiene la orden de ir a prisión”.

Este politólogo agregó que todas estas aclaraciones que hace el decreto se vuelven necesarias porque en la realidad los guerrilleros han tenido muchas trabas para salir de la cárcel. Su opinión es que a veces se debe a que no todos en el sistema judicial conocen detalladamente de qué trata la Ley de Amnistía e Indulto mientras que en otros casos el retraso en la libertad responde a los tiempos propios de una justicia convulsionada. O, lo que es peor, porque el juez deliberadamente no quiere aplicar el beneficio del proceso de paz.

“En varios despachos algunos jueces de ejecución de penas han afirmado que mientras ellos conozcan el procedimiento, no saldrá ningún terrorista. Pero esto no se trata de estar de acuerdo o no con el proceso de paz, sino de que cumplan con la ley de República”, afirmó León.

Filtros al proceso

Ya son 1462 los reclusos que adelantan la huelga de hambre, a ellos se han sumado jefes guerrilleros para bsucar presionar al gobierno Foto: Cortesía presos políticos.Uno de los procedimientos para aplicar la amnistía era que las Farc le pasaran al gobierno nacional una lista con los que ellos consideraban miembros del grupo armado y que estuvieran recluidos en las cárceles del país. En total, inscribieron 3.406 hombres y mujeres en una lista que fue enviada a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz para que revisara los casos uno por uno y comprobara que, en efecto, sí eran guerrilleros. La idea era evitar que se colaran condenados que nada tenían que ver con el conflicto armado.

“Tenemos un censo de 5 mil personas que dicen ser de las Farc, pero, de ese universo, la guerrilla reconoció a 3.406. De esos, el gobierno ha acreditado un total de 2.771”, precisó León. El problema es que, en algunos casos, si no estaban en esa lista, los jueces no les otorgaban la amnistía por más que estuvieran condenados por pertenecer a las Farc.

Uno de los casos más llamativos es el de Ely Mejía Mendoza, conocido como ‘Martín Sombra’. Las Farc lo descalificaron por haber estado en el proceso de Justicia y Paz, pese a que fue el jefe guerrillero que tuvo bajo su custodia a varios secuestrados, entre ellos a la entonces candidata presidencial Ingrid Betancourt y a los militares capturados tras la cruenta toma de Mitú, Vaupés, ocurrida el 1 de noviembre de 1998.

Si bien ‘Martín Sombra’ ya está en libertad provisional, por haber sido reconocido en la Jurisdicción Especial para la Paz mientras ese futuro tribunal toma la última en su caso, la nueva norma estableció más reglas para situaciones similares: “Para efectos de la concesión de la amnistía de iure, la libertad condicionada, o el traslado a la Zona Veredal Transitoria de Normalización; la autoridad judicial no necesitará del listado o la certificación de acreditación” en los casos en los que el amnistiado esté investigado por pertenecer o por ser supuestamente de las Farc o esté condenado por delitos conexos”.

Y para quienes sí estén en el listado, el decreto explica que los jueces únicamente deberán constatar que también estén avalados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

“Ellos (los jueces) no deberían tener ninguna preocupación (sobre si son o no guerrilleros) porque esa responsabilidad la asumimos nosotros. La asumo yo, porque nosotros tenemos un listado de las personas que han sido acreditadas por la Oficina del Comisionado de Paz -con  mi firma-, después de un proceso de revisión de cada nombre por un comité interinstitucional en donde está la Fiscalía y están las Agencias de Inteligencia, de manera que ese tema de la pertenencia lo resolvemos nosotros para los que están en el listado de las Farc”, indicó Sergio Jaramillo, el alto Comisionado para la Paz al hablar sobre el nuevo decreto en una rueda de prensa.

Por su parte, León afirmó que “no es negocio” incluir en las listas a quienes no sean guerrilleros porque de los listados que entregaron el 90 por ciento tendrá que responder ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) mientras que solo el 10 por ciento sí salió libre, es decir 320 personas. “Si no fueran de las Farc, se sabría en la JEP”, señaló.

Pese a esto, Jaramillo explicó que estudian cerca de 200 casos que creen que no son miembros de las Farc. León respondió que esto se debe a que en Colombia se “desnaturaliza el delito político” pues, por ejemplo, si capturan a un guerrillero en combate no lo procesan por rebelión sino por delitos comunes como concierto para delinquir, porte ilegal de armas y uso privativo de prendas militares, entre otros.

A la fecha han sido resueltas las situaciones jurídicas de cerca de 7.400 miembros de las Farc, según datos del Ministerio de Justicia. Esto incluye las más de mil libertades y las amnistías presidenciales que se dan con un trámite administrativo a quienes no tengan procesos judiciales en contra ni investigaciones ni órdenes de captura.