En un fallo sin precedentes, la Corte Constitucional tumbó decisión proferida por este alto tribunal que rechazó la solicitud de restitución de predios a un grupo de campesinos del Urabá antioqueño. El caso debe ser evaluado de nuevo, pero bajo parámetros más garantistas para las víctimas de despojo.

Por considerar que los funcionarios judiciales resolvieron un litigio aplicando la legislación más desfavorable para los reclamantes de tierras y que, incluso, se juzgó bajo normas que ya habían sido derogadas, la Corte Constitucional dejó sin efecto una decisión en segunda instancia proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que le negó la restitución a siete familias de la vereda Guacamayas, de Turbo.

Mediante sentencia SU-649 del pasado 18 de octubre, la Corte Constitucional ordenó tramitar una nueva decisión “teniendo en cuenta las reglas constitucionales y legales aplicables, así como la jurisprudencia constitucional pertinente” que “valoren y protejan los derechos procesales que en materia probatoria tienen las personas que, alegando ser víctimas del conflicto armado, presenten reclamos de restitución de tierras”.

“En otras palabas, el caso debe retornar a la Corte Suprema de Justicia, que deberá fallar bajo los parámetros de la Ley 1448 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras y no de la Ley de Justicia y Paz, como ocurrió en este caso”, explicó Julio César Caustumal, director jurídico de la Fundación Forjando Futuros y representante judicial de los reclamantes. “La Corte Constitucional le da la razón a los reclamantes de tierra al reconocer que sí hubo violencia generalizada que influyó en el despojo”.

Se trata de una decisión sin precedentes que abre una nueva luz de esperanza para estas siete familias que llevan más de 10 años ante estrados judiciales solicitándole al sistema judicial que fallen a su favor y les devuelva las tierras que, según ellos, les fueron despojadas por terratenientes y ganaderos que se aprovecharon del contexto de violencia generado por la guerra paramilitar en el Urabá antioqueño para presionar ventas a bajos precios y celebrar negocios espurios entre 1996 y 1998.

Decisión impugnada

Pero, ¿cuál fue la decisión que dejó sin efecto la Corte Constitucional y por qué? Para entender la dimensión del fallo hay que remontarse al año 2008, cuando siete familias campesinas provenientes del Urabá antioqueño, con el apoyo de la Comisión Regional de Restitución de Bienes, una dependencia de la desaparecida Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR), se presentaron ante los tribunales de Justicia y Paz para solicitar la restitución de poco más de 1.500 hectáreas de tierra que, aseguran, les fueron despojadas durante los años de la arremetida paramilitar en esta región agroindustrial de Antioquia.

A ese mecanismo de justicia transicional, creado por la Ley 975 de 2005 para juzgar a los exparamilitares desmovilizados de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), acudieron los reclamantes, lo que constituyó toda una novedad en su momento, pues era la primera vez que se acudía a ella para exponer un flagelo poco conocido por aquel entonces: el despojo de tierras en el marco del conflicto armado.

Como era una solicitud novedosa ante una justicia que apenas se estaba estrenando, el caso se vio sometido durante dos años a “ires y venires”, de negaciones y apelaciones, hasta que la Corte Suprema de Justicia determinó, en septiembre de 2010, que los magistrados con función de control de garantías de Justicia y Paz sí tenían la competencia para devolver a sus legítimos dueños tierras usurpadas por grupos armados ilegales.

En el caso de Guacamayas, los reclamantes ajustan poco más de 10 años ante estrados judiciales pidiendo qie les devuelvan las tierras que dicen les fueron  despojadas.En junio de 2012, las siete familias se presentaron de nuevo ante el magistrado con función de control de garantías del Tribunal de Justicia y Paz de Medellín para solicitar en restitución 12 predios en la vereda Guacamayas, que, decían, eran suyos. Los labriegos alegaron haber sido desplazados a mediados de los años noventa por miembros del Frente Arlex Hurtado de las Auc, comandado por Raúl Hasbún, alias ‘Pedro Bonito’. Su caso fue apoyado y presentado en juicio por la Subunidad Élite de Persecución de Bienes de la Fiscalía.

Durante su condición de desplazados fueron contactados por un grupo de comisionistas, quienes, al parecer, los presionaron e intimidaron para que vendieran sus tierras a bajos precios. Entre quienes solicitaron la restitución de sus predios se encontraban Alfranio Solano y Carlos Páez, líderes de campesinos reclamantes del Urabá antioqueño.

Con las tierras adquiridas por los comisionistas se conformó un proyecto ganadero que, inicialmente, se denominó Guacamayas S.A, pero que luego fue absorbido en su totalidad por la firma Inversiones e Inmobiliaria ASA S.A, de propiedad del empresario Humberto Duque Peláez. (Leer más en: Guacamayas: ¿otro caso de despojo en Urabá?)

Luego de dos años de audiencias, durante las cuales se escucharon numerosos testimonios, el magistrado con función de control de garantías negó las pretensiones de los campesinos reclamantes en decisión tomada el 21 de abril de 2014. En su fallo argumentó que ni la Fiscalía ni los labriegos lograron probar que habían sido intimidados y amenazados por los comisionistas con quienes negociaron sus predios sino que, por el contrario, “se trató de una transacción comercial de carácter consciente, voluntaria, libre de todo apremio en el que primó el acuerdo de voluntades y el consenso entre las partes contratantes” y, por tanto, no se configuró ningún despojo. (Leer más en: Niegan restitución a reclamantes de tierras de Guacamayas)

En su decisión consignó, además, que “nunca se demostró la relación entre los directivos de Inversiones Inmobiliaria ASA S.A. con los grupos paramilitares que operaron en la vereda Guacamayas” y ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investigara por falso testimonio a Páez y a Iván Darío Vélez, uno de los testigos presentados por la Fiscalía.

La decisión fue impugnada por los reclamantes, lo que llevó a que la Corte Suprema de Justicia resolviera en segunda instancia este caso. En decisión fechada en abril de 2016, el alto tribunal aseveró que “no se probó que los reclamantes fueron objeto de despojo de sus bienes inmuebles, a pesar de lo que adujeron repetidas veces la Fiscalía y los apoderados de las presuntas víctimas”, dejando en firme no solo la decisión de no restituir los predios a las siete familias sino también la orden de investigar a Páez y Correa. (Leer más en: En Guacamayas no habrá restitución de predios)

Acción de tutela fue la clave

En la vereda Guacamayas se vive una tensa situación por cuenta del retorno, por su propia cuenta y riesgo, de las familias reclamantes a las fincas que alegan les fueron despojadas.Dispuestos a no dar “su brazo a torcer”, los reclamantes recurrieron a la acción de tutela para hacer valer su derecho a la restitución. “Se instauró una acción de tutela contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que fue negada. Se decidió enviar una carta a cada uno de los magistrados de la Corte Constitucional para que revisara nuevamente esta tutela, y ellos accedieron a revisarla”, declaró Caustumal, apoderado de los reclamantes.

El abogado defensor de las familias reclamantes dijo que, con su decisión, la Corte Suprema de Justicia estaba vulnerando el derecho a la reparación integral, la restitución de bienes, el debido proceso y a la igualdad de los campesinos, toda vez que los jueces de tierras, creados por la Ley 1448 de 2011 (conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras), ya habían emitido fallos favorables a las víctimas en ocho casos de despojo perpetrados bajo las mismas condiciones, justamente, en la vereda Guacamayas.

En efecto, según la Unidad de Restitución de Tierras, territorial Antioquia, a la fecha, los jueces de tierras han proferido nueve sentencias de las cuales, ocho fueron favorables a los labriegos; es decir, la justicia reconoció en estos casos que los campesinos fueron despojados de sus predios al tener que abandonarlos por el accionar paramilitar y luego verse obligados a venderlas a bajos precios.

Las anteriores consideraciones fueron tenidas en cuenta por la Corte Constitucional que, según Caustumal, “consideró que se exigieron estándares probatorios muy altos para las víctimas y no se hizo una inversión en la carga de la prueba, tal como sucede en los casos juzgados por los jueces de tierras”. Páez, por su parte, estimó que “se trata de una decisión importante que nos da esperanza”.

Sin embargo, no todo son buenas noticias para las familias reclamantes de la vereda Guacamayas. “Desde 2014 las familias decidieron retornar por su propia cuenta a las fincas. La gente se metió cansada de esperar los fallos de los jueces. Y desde entonces no paran los problemas”, aseveró este líder, quien integra la organización Tierra y Paz, que acoge víctimas del despojo de tierras del Urabá antioqueño.

De acuerdo con Páez, “continúan las amenazas, las intimidaciones a los campesinos, los asesinatos. En febrero fue asesinado en (vereda) Guacamayas nuestro compañero Porfirio (Jaramillo) y ahora en julio asesinaron al hijo del compañero Pedro Manuel Sánchez. ¿Quiénes son los responsables? Pues los vaqueros y los administradores de los que ocupan de mala fe las tierras en Guacamayas”.

En las tierras que hoy reclaman más de 20 familias de la vereda Guacamayas se encuentran también los ganaderos Francisco Castaño, Jaime Uribe Castrillón y Arley Muñoz, quienes son acusados de despojo de tierras en Urabá y figuran como opositores en varios casos de restitución que actualmente resuelven los jueces de tierras.