Corte les da la razón a campesinos de El Porvenir

      

La Corte Constitucional falló a favor de las 72 familias campesinas que reclaman 27 mil hectáreas en Puerto Gaitán y de paso, le ‘jaló las orejas’ al Incoder (en liquidación) por no proteger los derechos de esta comunidad reclamante de tierras.

porvenir 1Los campesinos de la inspección de El Porvenir, en Puerto Gaitán, esperan que la institucionalidad agraria les titule 27 mil hectáreas de predios baldíos que fueron recuperados en 2014. Foto: archivo Semana.El Alto Tribunal de lo Constitucional fue contundente. En la sentencia SU426 ordenó que las 72 familias reclamantes de 27 mil hectáreas en la inspección de El Porvenir, en Puerto Gaitán, sean sujetas de reforma agraria. Es decir, que el Estado realice todas las acciones pertinentes para que estos predios baldíos recuperados sean titulados a esta comunidad, afectada por el conflicto armado desde hace 37 años. (Lea la sentencia)

Aunque la decisión fue proferida desde el 11 de agosto de 2016, solo se hizo pública la primera semana de noviembre, después de varios llamados de urgencia de la Procuraduría Ambiental y Agraria, y de un informe detallado de la Corporación Claretiana Norman Pérez Bello, que advirtieron sobre la falta de celeridad del antiguo Instituto Colombiano de Reforma Agraria (Incora) en la recuperación de baldíos, que derivó por ejemplo en la invasión de las tierras por parte de terceros, y sobre las amenazas contra la vida del líder Miguel Briceño. (Lea: Un llamado de emergencia a la recuperación de baldíos y Líder campesino de Meta exige respuestas en la recuperación de baldíos)

El fallo se deriva de una tutela interpuesta por la comunidad campesina el 9 de septiembre de 2015, en la que exigen la defensa de sus derechos fundamentales a la vida, mínimo vital, acceso a la administración de justicia, debido proceso, igualdad, vivienda diga, trabajo, paz y a la tierra. Esto al demostrar que tras 40 años de explotar tierras baldías en la altillanura metense, el Estado no quiso titulárselas sino por el contrario, entregárselas a amigos y familiares del esmeraldero Víctor Carranza. Cuando en 2014 el Incoder reconoció la acumulación de baldíos y ordenó la revocatoria de los títulos, tampoco actuó con celeridad para revertírselos a los campesinos. (Lea: El oscuro pasado de El Porvenir)

De esta forma, en la sentencia la Corte Constitucional le llamó la atención en varios apartes al antiguo Incoder. En su respuesta a la acción de tutela, el Instituto niega que las familias campesinas puedan demostrar una convivencia pacífica en las tierras por más de cinco años; niega de paso que hayan sido víctimas del conflicto armado y, además, indica que no puede titularles las tierras porque el gobierno nacional tiene proyectado allí un proyecto económico. (Lea: Las situaciones imperfectas de la Ley Zidres)

Frente a esto el Alto Tribunal afirma que es “irrazonable que se ignore la presencia histórica de la población de El Porvenir o que se asimile a la de posibles ocupantes actuales como lo hace el Incoder”. Y agrega: “para la Corte, sin lugar a dudas, está comprobada la existencia de una situación de violación de derechos tanto por la ausencia de una respuesta a su aspiración de obtener la adjudicación de los predios como a raíz del conflicto armado interno”.

Como también fue documentado por el Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep), los campesinos de El Porvenir fueron azotados por la violencia del Frente 29 de las Farc, por los ‘masetos’, por las Autodefensas Campesinas de Meta y Vichada más conocidas como ‘los Carranceros’ y de forma reciente por las banda criminales ‘los Cuchillos’ seguida por el Clan Úsuga o del Golfo. En ese sentido, la Corte reiteró: “… el Instituto no sólo ignora que los peticionarios son víctimas del conflicto, sino que le atribuye consecuencias negativas a los hechos de violencia padecida, como la imposibilidad de demostrar una explotación pacífica de los predios”.

porvenir 2La Corte Constitucional ha proferido dos sentencias clave en la recuperación de baldíos en Colombia: el caso de la antigua Hacienda Bellacruz, en el sur del Cesar; y ahora, el de la inspección El Porvenir, en el Meta. Foto: archivo Semana.El Alto Tribunal le recuerda entonces al Incoder que no es una institución que administre predios de propiedad privada, sino que por Ley es el órgano encargado de “asegurar el acceso a la tierra a los campesinos y contribuir a revertir el despojo asociado al conflicto armado interno”. Como el Incoder está en liquidación desde diciembre de 2015, quien tendrá que asumir esta tarea será la nueva Agencia Nacional de Tierras (ANT), que anunció medidas durante la segunda semana de noviembre.

En la sentencia, la Corte blinda a los campesinos ordenando que sean reconocidos como sujetos de reforma agraria en las 27 mil hectáreas que han explotado durante cuatro décadas, y que se constituya una mesa de trabajo interinstitucional que garantice un plan estratégico que, a su vez, cumpla con otras acciones complementarias. Estas incluyen corroborar que el predio no sea explotado por terceros, por ejemplo por la Ganadería La Cristalina de la familia Carranza; realizar un censo de la poblacion campesina; lograr la integración de trámites administrativos entre la institucionalidad agraria y la Unidad de Restitución de Tierras; e implementar medidas que favorezca a las mujeres campesinas de la comunidad.

También exige remitir copias a la Fiscalía y a la Contraloría General de la Nación para que sigan en curso las investigaciones por las múltiples denuncias realizadas por la comunidad, entre ellas, las amenazas contra el líder Miguel Briceño. Para la Corte, El Porvenir es como el caso Bellacruz, uno emblemático “en lo que tiene que ver con los problemas históricos del acceso a la tierra para la población campesina, el despojo por vías legales e ilegales, y la restitución de predios a las víctimas del conflicto armado interno reciente”.

Ahora el reto está en que las instituciones cumplan las órdenes de la Corte, pues el caso Bellacruz, en el sur del Cesar, ha evidenciado todo tipo de tropiezos. Después de que el Alto Tribunal ordenó la recuperación de baldíos y exigió a la Superintendencia de Notariado y Registro cancelar los registros de propiedad de las empresas que explotaban estos predios, la institución envió una carta informando que no podía cumplir porque las “resoluciones no eran claras en los linderos”. (Lea: La tarea titánica de cumplir con el punto agrario)

Otro desafío es la tensión en la implementación de la política agraria. Mientras el gobierno creó la Agencia Nacional de Tierras para solucionar los problemas históricos sobre la tierra, como la recuperación y titulación de baldíos; el gobierno insiste en poner en marcha las Zonas de Interés de Desarrollo Rural Económico y Social (Zidres), proyectadas sobre 2 millones 975 mil hectáreas en Meta y Vichada, que su vez se superponen sobre territorios campesinos y étnicos reclamados. (Lea: El llamado Sikuani en Domo Planas, Puerto Gaitán)

“Ante un terreno como El Porvenir debe surgir una articulación institucional destinada a garantizar un correcto y eficaz proceso de titulación (o de restitución) en beneficio de la población campesina -previo cumplimiento de los requisitos legales-, en atención al principio de moralidad administrativa”, sentencia la Corte.