Ratifican condena de 40 años de cárcel a Salvador Arana

      
El Consejo Superior de la Judicatura negó una tutela con la que el ex gobernador de Sucre pretendía que se revocara la sentencia que dictó la Corte Suprema de Justica en su contra.

Salvador Arana Sus, ex gobernador de Sucre y ex
diplomático en Chile, fue capturado en mayo de 2008 después de casi dos
años de ser prófugo de la justicia. Foto: Archivo Semana.


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El proceso contra Salvador Arana
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Sentencia contra Salvador Arana
Carta de Sadys Ríos

En el pasado mes de diciembre, el ex gobernador y embajador en Chile fue condenado por la Corte Suprema de Justicia a 40 años de cárcel por el asesinato del alcalde del Roble Eudaldo Díaz Salgado y por nexos con paramilitares.

Por esta razón, Arana, quien fue el primer político en ser condenado por su responsabilidad en crímenes cometidos por paramilitares, apeló la sentencia a través de una tutela que negó este martes la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

De este modo, la sentencia de la Corte sigue en pie y el gobernador tendrá que cumplir la pena en prisión.

La sentencia de la Corte
La sentencia proferida por la
Corte Suprema es histórica. Impone una de las condenas más altas, 40
años de cárcel y más de 2300 millones de pesos de multa, para un
político y no sólo por vínculos con grupos paramilitares sino por su
participación en el crimen de un adversario político.

En este
sentido, la Corte Suprema crea un nuevo precedente para juzgar a
‘parapolíticos’ al reconocer como ‘delitos de lesa humanidad’ para este
caso los crímenes cometidos por el ex gobernador de Sucre en
complicidad con grupos paramilitares.

Arana fue condenado como
determinador de los delitos de desaparición forzada y homicidio
agravado por “razones políticas” (en el caso del ex alcalde de El
Roble, Eudaldo Díaz Salgado), y por el delito de promoción de grupos
armados al margen de la Ley.

Con base en los testimonios y las pruebas recogidas, la Corte consideró que “la
desaparición forzada de Díaz Salgado ocurrió con ocasión de la
actividad ilegal desplegada por el grupo armado liderado por Rodrigo
Antonio Mercado Pelufo (alias ‘Cadena’) a instancias de las directrices
de éste e influenciado en su actuar por Salvador Arana Sus”.

Citando
las acusaciones hechas por la Fiscalía, el Alto Tribunal reconoce la
responsabilidad de Arana por el crimen de Díaz cuando afirma que “en
las variadas reuniones que sostenía el Gobernador con los paramilitares
se impartieron órdenes en torno a lo que debía ser el juego de poderes:
asumió qué se debía eliminar y con ello retirar de manera definitiva a
quien denunciaba la inconformidad con el manejo de lo público, mientras
que Mercado Pelufo sentenció que el Alcalde señalado debía ser
eliminado previa su desaparición, suceso final para el cual se esperaba
que Arana diera la orden y Pelufo actuara”.

Para la Corte, la
responsabilidad de Arana está demostrada cuando se tienen en cuenta
declaraciones de ex paramilitares y testigos presenciales del asesinato
de Díaz como Libardo Duarte, Sadys Enrique Ríos Pérez, Jairo Antonio
Castillo Peralta y Juan Pablo Viloria Flórez, quienes confirmaron que
“el acusado (Arana), a través de miembros del grupo paramilitar
dominante en la zona, logró que el 5 de abril de 2003, retuvieran a
Díaz Salgado…y a partir de esa fecha lo ocultaran sin que nadie
reconociera que lo habían privado de la libertad, no obstante el
reclamo público de su familia”.

En cuanto al delito de
promoción de grupos armados, la Corte comprobó que el ex gobernador de
Sucre se reunió en repetidas ocasiones y de manera ‘voluntaria’ con el
grupo paramilitar que lideró el desaparecido jefe paramilitar ‘Cadena’.
En esas reuniones, Arana estableció pactos con los paramilitares en los
que se comprometió a coordinar esfuerzos para la creación de un grupo
paramilitar para el departamento de Sucre.

“El doctor Salvador Arana Sus se
concertó con el Bloque Norte de las autodefensas en un escenario en
donde, como ha quedado demostrado, esa fuerza ilegal había irrumpido
militarmente y requería de espacios políticos para garantizar su
expansión…”.

Con
estos argumentos, el Alto Tribunal decidió condenar a Arana por los
delitos mencionados y compulsar copia del expediente para identificar
otros posibles delitos de lesa humanidad cometidos por el grupo
paramilitar “del cual hizo parte”.

Con
esta decisión, la Corte abre la puerta para juzgar a los políticos
vinculados con grupos paramilitares no sólo (y como hasta ahora se
había hecho) por el delito de concierto para delinquir que asignaba
condenas de máximo 7 años, sino por crímenes de lesa humanidad para los
cuales se aplican penas hasta de 60 años de cárcel.

La Corte
sienta el precedente para otros casos que se siguen actualmente contra
otros políticos como el de Álvaro ‘El Gordo’ García, ex senador de
Sucre, quien es procesado no sólo por sus vínculos con paramilitares
sino como autor intelectual de la Masacre de Macayepo perpetrada en el
año 2000.

De
igual forma, la sentencia de la Corte advierte que si persisten casos
de ‘impunidad’ relacionados con estos hechos, se remitirán copias a la
Corte Penal Internacional para que este tribunal se pronuncie sobre los
mismos.

El proceso contra Arana
En noviembre de 2005 se inició la investigación contra Salvador
Arana a partir de declaraciones de alias ‘Pitirri’, ex guardaespaldas
de Joaquín García –actualmente asilado en Canadá- y de varios
desmovilizados. No fue sino hasta un año después cuando ordenó su
captura –estando prófugo de la justicia-.

En ese momento la
Corte Suprema envió copia del expediente a la Fiscalía en el que se
investigaba a Arana por su responsabilidad en la conformación de grupos
paramilitares en Sucre –como el Bloque Héroes de los Montes de María de alias ‘Cadena’- y por la desviación de recursos departamentales a este tipo de organizaciones.

Salvador Arana fue prófugo de la justicia hasta mayo de 2008, fecha
en la que fue capturado por agentes del CTI escondido dentro del closet
de un lujoso apartamento en Santa Marta. La Fiscalía lo buscaba bajo
los cargos de concierto para delinquir agravado, desaparición forzada y
homicidio agravado

Los cargos están relacionados con la desaparición y homicidio de
Eudaldo Díaz, ex alcalde de El Roble y contradictor político de Arana,
cuando se desempeñaba como gobernador de Sucre entre 2001 y 2003.
Después de ocupar este cargo el político sucreño fue nombrado por el
presidente Álvaro Uribe Vélez como embajador colombiano en Chile entre
2003 y 2005.

El asesinato de Díaz se presentó en abril de 2003, un mes después de
haber hecho públicas las amenazas en su contra en un concejo de
seguridad celebrado en Corozal y precedido por el presidente de la
República Álvaro Uribe. Díaz desapareció el 5 de abril y su cuerpo
apareció cinco días después en una carretera que comunica Sampués y
Sincelejo.

De acuerdo con la investigación, Arana acudió a alias ‘Cadena’ para
pedirle que asesinara a Díaz, tras las constantes acusaciones en su
contra por supuestos malos manejos de los recursos públicos y por sus
vínculos con paramilitares mientras era gobernador de Sucre.

En agosto de 2008, el caso es trasladado a Bogotá, en donde se inició el juicio.

Entre lostestigos contra Arana estuvieron paramilitares como alias Diego Vecino’, jefe del Bloque Héroes de los Montes de María, ‘Cadena’ y alias ‘Convivir’.

‘Diego Vecino’ aseguró que desconocía los hechos y circunstancias
bajo las cuales asesinaron a ‘Tito’ Díaz porque no se encontraba en la
zona en el momento en que ocurrieron los hechos.

Antes de desaparecer, Díaz advirtió a su familia que si algo le
pasaba, el único responsable sería Arana. Desde entonces la familia
Díaz ha liderado e impulsado la investigación para encontrar a los
responsables del crimen, por lo que ha sido amenazada constantemente
hasta el punto de tener que varios miembros de esa familia les ha
tocado exiliarse.

A finales de abril de este año, ante el Juzgado Primero
Especializado de Bogotá, la Fiscalía y la Procuraduría pidieron la
condena para el ex gobernador de Sucre por los delitos de concierto
para delinquir agravado, desaparición forzada y homicidio agravado.

La petición de la Fiscalía y la Procuraduría se basó en los
testimonios de Sadys Enrique Ríos, Juan Pablo Viloría Flores y Jairo
Castillo alias ‘Pitirri’, quienes señalaron que Arana tenía vínculos
con grupos paramilitares al mando de alias ‘Cadena’.

Finalmente,
el pasado 29 de octubre, el Juzgado Primero Penal del Circuito
Especializado de Cundinamarca condenó a 28 años de cárcel a Diana Luz
Martínez, ex directora de la cárcel La Vega, como cómplice del
asesinato de Díaz, y a Emiro José Correa alias ‘Convivir’ y José Tomas
Torres alias ‘Orbitel’, como sus autores materiales.

Martínez
fue llamada a juicio en febrero de 2008 por homicidio agravado y
concierto para delinquir con los paras. Según los paramilitares, la
directora de la cárcel les otorgó un permiso extramural y durante esa
licencia ‘Orbitel’ y ‘Convivir’ asesinaron a Edualdo Díaz.

Para conocer más detalles sobre la condena de Salvador Arana, lea el artículo Corte Suprema condena a 40 años a Salvador Arana