Tribunal de Justicia y Paz niega la libertad del ‘Cabo Machado’

      
Los magistrados argumentaron que la pena alternativa empezaba a contar desde mayo de 2010. Pidieron al Congreso mejorar condiciones de reintegración y reparación.
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Aramis Machado, alias ‘Cabo Machado’, deberá permanecer otros tres años en prisión. Foto: Fiscalía  

El desmovilizado Aramis Machado, alias ‘Cabo Machado’, quien esperaba ser el primer postulado a Justica y Paz en recobrar su libertad, deberá permanecer otros tres años de prisión mientras cumple una sentencia alternativa de seis años.

Esta decisión abre un precedente para las futuras solicitudes de libertad de otros ex paras y ex guerrilleros que, como Aramis, se desmovilizaron desde la cárcel y que podrían hacer la misma petición en los próximos meses.

Después de referirse a las consideraciones que habían entregado en audiencias anteriores, la defensa de Machado y la Fiscalía, la magistrada ponente Alexandra Valencia Molina, estableció que la pena de seis años impuesta por ese organismo dentro de Justicia y paz empezaba a contar desde 24 mayo de 2010, fecha en que Aramis fue puesto a disposición de esa instancia.

Antes de iniciar ese proceso en Justicia y Paz, Aramis había recobrado la libertad condicional por haber cumplido las tres quintas partes de una condena por homicidio proferida por la justicia ordinaria.

Además de esta decisión, los magistrados del Tribunal de Justicia y Paz de Bogotá le pidieron al Congreso y al CONPES optimizar las condiciones en las prisiones para que los desmovilizados accedan a mejores programas de resocialización, la cual según ellos “se ha mostrado verdaderamente caótica, desorganizada y con cientos de solapamientos”.

La solicitud de libertad
El ‘Cabo Machado’ había delinquido primero en Santander con el Bloque Central Bolívar. Fue llevado a prisión después de haber asesinado al ex esposo de su pareja y desde la cárcel hizo parte del Bloque Catatumbo.

En la audiencia del pasado 6 de mayo, Nélson Menjura, defensor de Machado, argumentó ante el tribunal que el ex paramilitar ya había cumplido los seis años de condena que le impusieron por su pertenencia al Bloque Catatumbo en junio de 2011, pues se desmovilizó en 2004 y fue postulado a la Ley de Justicia y Paz en marzo de 2007.

Al momento de la desmovilización Machado se encontraba en la cárcel Modelo de Cúcuta y estaba condenado a 50 años de prisión por el homicidio de Antonio León Barbosa, quién había sido el ex esposo de su compañera sentimental. Su pena fue rebajada a 31 años por medio de una tutela y en mayo de 2010 le otorgaron la libertad condicional.

El ‘Cabo Machado’ siguió delinquiendo mientras cumplía su pena. En mayo de 1999, cuando estaba recluido en la cárcel de Cúcuta, ingresó al Frente Fronteras como vocero del grupo en el Patio 16 y su función era prestar seguridad a los paramilitares que fueran encarcelados.

También participó en la fuga de los jefes del Bloque Fronteras Jorge Iván Laverde Zapata, alias ‘El Iguano’ y alias ‘Gustavo 18’, que fueron capturados el 16 de diciembre de 2010 por el CTI cuando les encontraron armas y equipos de comunicación en los carros en que se movilizaban. 

Por otra parte, el Fiscal que lleva el caso del Bloque Catatumbo consideró enesa misma audiencia que no se debía liberar al ‘Cabo Machado’, porque su condena en la ordinaria no estaba relacionada con la pertenencia a grupos paramilitares.

“Ya no se debe mirar si cumple los años desde fecha de postulación, sino los hechos por los que fue condenado. Por eso la pena de Justicia y Paz debe empezar a contar desde mayo de 2010, cuando terminó su proceso en la justicia ordinaria”, señaló el fiscal. 

La Fiscalía soportó su decisión en un Auto de la Corte Suprema del 19 de diciembre de 2012, en el que se pronunció sobre este caso en particular. Según la Corte “no es posible acumular procesos por delitos cuyo juzgamiento sea de la justicia ordinaria con aquellos a los que se les aplique la justicia de transición, y por ende, tampoco lo es en relación con la pena, pues recuérdese que son marcos jurídicos diferentes”. 

El representante de la Procuraduría y la representación de las víctimas apoyaron en su momento la postura de la Fiscalía. 

Esta vez ninguna de las partes presentó algún recurso ante la decisión de los Magistrados. El mismo Machado indicó que se mostraba de acuerdo y que “voy a seguir adelante y a hacer mi vida”.

¿Quién es el ‘Cabo Machado’?
Aramis Machado llegó al grado de Cabo Primero del Batallón No 15 con sede en Ocaña, en Norte de Santander, y del Batallón No 14 de Contraguerrilla de Tunja, en Boyacá, pero se unió a las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar, Ausac, el grupo paramilitar que delinquió en Santander, Cesar y Norte de Santander a cargo de Guillermo Cristancho Acosta alias ‘Camilo Morantes’, Juan Francisco Prada Márquez alias ‘Juancho Prada’ y Mario Zabala en Norte de Santander.

Desde entonces, Machado asumió el alias de ‘Cabo Machado’ y por su formación militar se convirtió en instructor de estegrupo paramilitar. Luego, formó un grupo en Ocaña hasta cuando fue capturado por el delito de concierto para delinquir y luego condenado por homicidio.

Mientras purgaba la condena, alias ‘Cabo Machado’ contactó en mayo de 1999 a Omar Yesid López Alarcón alias ‘Gustavo 18’, el segundo de alias ‘El Iguano’, el jefe del Frente Fronteras del Bloque Catatumbo.

Según contó en versión libre, alias ‘Gustavo 18’ lo nombró vocero del paramilitarismo del Patio 16 de la Cárcel Modelo de Cúcuta. “Ejerció una especie de militancia al interior del penal, en la que desplegó actos que lo llevaron a obtener un notorio reconocimiento como promotor de la ideología paramilitar, por lo que le fue posible encargarse de prestarle seguridad a los internos vinculados con la misma ideología, distribuir bienes y servicios remitidos por los comandantes del frente y traficar con armas y municiones”, señaló el fallo de Justicia y Paz.

Una situación “caótica”
Los magistrados del Tribunal señalaron que la comprensión de la situación del postulado ha sido poco investigada y estudiada por las diferentes instancias judiciales y que la situación de su resocialización ha sido “caótica”.

La magistratura indicó que no se cuenta con un sistema de clasificación “basado en la gravedad y cantidad de delitos cometidos de los postulados. Todo por radicalizar en el Inpec el cumplimiento de todas aquellas cuestiones”.

La petición para el redireccionamiento de unas políticas públicas de resocialización y de cambios en las leyes fue traslada al Congreso y al Conpes. Los magistrados sugirieron que se debe puede crear por ejemplo un grupo de expertos que podrían estar vinculados al Consejo Superior de la Judicatura que cree “reglaspara la aplicación coherente y disciplinada de las políticas de la resocialización de los postulados”, como es el caso de Estados Unidos.

Por su parte, al abogado Nelson Menjura, indicó que estas peticiones por parte del Tribunal se han hecho en ocasiones interiores, “sin que tengan eco”. Agregó que tampoco se tienen espacios adecuados para que las víctimas y victimarios estén en un mismo espacio y puedan hacerse labores de reparación.

Menjura agregó que no es suficiente con los programas de educación que ofrece el Inpec, (educación primaria o estudios técnicos) que son iguales para el resto de reclusos.