Menores reclutados por ‘paras’ deberán responder por delitos

      
La Corte Suprema aseguró que si bien los menores reclutados son víctimas del conflicto, deberán responder por los crímenes que cometieron con los paramilitares.

   
Alias ‘El Alemán’ es señalado como el responsable del reclutamiento ilícito de 309 menores de edad. Foto: Archivo Semana

-‘El Alemán’, el primer peso pesado condenado en Justicia y Paz
Los menores reclutados por e ‘Alemán’
Fiscalía acusó al ‘Alemán’ por reclutar a 329 menores
 
En el fallo que confirma la sentencia de Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se pronunció acerca del tratamiento que deben recibir los ex combatientes de los grupos de autodefensas que fueron reclutados siendo menores de edad (ver fallo).  
 
De acuerdo con el alto tribunal, a pesar de que es necesario reconocer la condición de víctimas de los ex paramilitares que fueron reclutados siendo niños y adolescentes, no se puede desconocer que con ocasión a su pertenencia a los grupos ilegales, muchos de ellos cometieron delitos que deben ser juzgados. 
 
Para la Corte: “es incuestionable que por el hecho de haber sido obligados a entrar al conflicto, los niños son victimas del delito de reclutamiento ilícito y que por eso tienen derecho a una asistencia especial por parte del Estado. Sin embargo, también se debe reconocer que en el curso de las confrontaciones, los menores pudieron haber cometido delitos graves en contra de victimas que también tienen derecho a la verdad, la justicia y a la reparación”. 
 
Este pronunciamiento de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se incluyó en el fallo que confirma la sentencia en contra de Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’, ex jefe paramilitar del Bloque Élmer Cárdenas, quien es señalado como el responsable del reclutamiento ilícito de 309 niños en la región del Urabá Antioqueño y en el Medio Atrato chocoano.
 
La mayoría de quienes fueron reclutados siendo menores por ‘El Alemán’ manifestaron que lo hicieron debido a sus necesidades económicas y a la falta de otras alternativas de vida. Así fue como entraron a las filas de los grupos paramilitares donde fueron utilizados como combatientes y fueron obligados a servir de mensajeros, realizar labores de investigación, cavar trincheras o letrinas, despejar el bosque, cortar y cargar leña, sepultar compañeros, recoger o despojar cadáveres, y toda otra serie de actividades requeridas para el mantenimiento de los combatientes.
 
Cabe recordar que la mayoría de personas que fueron reclutadas siendo menores, se desmovilizaron cuando eran mayores de edad, lo que en teoría podría complicar su situación jurídica.
 
Según el fallo de alto tribunal, “la responsabilidad en los delitos de quienes fueron reclutados siendo menores debe ser evaluada caso a caso, identificando las circunstancias especificas del hecho y las condiciones en las que el niño participó ya que generalmente  recibían órdenes de superiores so pena de ser castigados o recibir tratos denigrantes”. Para la Sala es importante recordar que estos niños fueron víctimas de uno de los peores crímenes de guerra que es el reclutamiento forzado y que por eso deben recibir todas las garantías y protecciones.   
 
El fallo responde a apelaciones que hicieron los defensores de las víctimas y la Procuraduría a la sentencia que recibió  ‘El Alemán’ dentro de Justicia y Paz en la que además de condenarlo por reclutamiento de menores, se juzgaron los crímenes de concierto para delinquir, porte ilegal de armas y de uniformes e insignias militares, reclutamiento forzado, narcotráfico y el secuestro y asesinato del alcalde de Ungía, Chocó, Rigoberto de Jesús Castro Mora.
 
¿Víctimas y victimarios?
Para la Corte, el reclutamiento de niños “es una de las mayores vergüenzas de la humanidad y una de las formas de explotación más detestables y crueles pues afecta a un grupo de personas que se encuentran dentro de las poblaciones más vulnerables. Los menores que son reclutados ilegalmente y son obligados a hacer parte de las hostilidades, son expuestos a una gran cantidad deriesgos, reciben un cruel tratamiento y sufren efectos irremediables.
 
“Las dimensiones del daño físico y psicológico causado a los niños por la guerra son indescriptibles y deja huellas que jamás podrán ser borradas. Los niños no podrán olvidar lo que han visto y sufrido y sobe todo, lo que han hecho. Cuando los menores entran al grupo ilegal tienen una afectación a su identidad, se les niega el derecho de tener un hogar y educación, son privados de su niñez y de su adolescencia”, agregó la Corte. 
 
La Corte aseguró que quienes los reclutaron deben reparar los daños que sufrieron los niños, también es necesario reconocer los derechos de las víctimas de los crímenes que los menores reclutados cometieron. 
 
Según el fallo, “la exclusión de cualquier tipo de responsabilidad de los menores combatientes podría desconocer los derechos de otras víctimas del conflicto”.
 
Así las cosas, los que los ex miembros de los grupos armados que ingresaron a las filas de los grupos paramilitares teniendo menos de 18 años y que durante su pertenecía a los mismos cometieron delitos graves como homicidios, secuestros y torturas entre otros,  obtienen  una doble condición como víctimas y victimarios. 
 
Por otra parte, dentro de la sentencia que había sido expedida por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá en contra de Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’, se había estipulado que el pago de la reparación a los ex combatientes que fueron reclutados siendo menores de edad solo podía hacerse efectiva luego de que la Agencia Colombiana para la Reintegración, certificara que el desmovilizado había cumplido con su proceso de resocialización.
 
Sin embargo, la Sala consideró que no pueden ser impuestas condiciones para que las personas que fueron víctimas del reclutamiento ilícito puedan obtener el pago de su reparación, por tal motivo, el alto tribunal ordenó revocar esta exigencia y entregar la suma que fue estipulada en la sentencia de Justicia y Paz de manera inmediata.