‘Paras’, víctimas de ejecuciones extrajudiciales

      
El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó al Ministerio de Defensa reparar a los familiares de cuatro paramilitares que fueron víctimas de llamados “falsos positivos”.
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“Sí señor, eso fue verdad. El Ejército mató a esos muchachos después de que se entregaron. Yo no estuve ahí, pero sí escuché la historia. Dicen que los mataron a punta de golpes. Claro que no sabría decirle por qué hicieron eso”, fue lo que le narró uno de los postulados del Bloque Noroccidente de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), a un investigador judicial que buscaba ahondar en los hechos ocurridos el 28 de enero de 2005 y por los cuales el Tribunal Administrativo de Antioquia acaba de condenar al Ejército Nacional.

Se trata del fallo adoptado en diciembre pasado por el Alto Tribunal de Antioquia, donde ratifica la sentencia del 2 de noviembre de 2011 proferida por el Juzgado 24 Administrativo del Circuito de Medellín. En ella se concluye que el Ejército Nacional incurrió en falta grave en el servicio al dar muerte en total indefensión a Nelson Enrique Rodríguez Soto, Melquisedec Mesa Arango, Alexander Posso y a un menor de edad, integrantes del Bloque Noroccidente.

Ambas decisiones coincidieron en señalar que el Ejército no pudo probar que se trató de un enfrentamiento con los integrantes de este grupo paramilitar y ordenó al Ministerio de Defensa Nacional el pago de una indemnización a los familiares de Rodríguez Soto, quienes adelantaron el caso.

Hechos criminales
¿Y qué fue lo que realmente sucedió el 28 de enero de 2005? Ese día, un comando paramilitar integrado por Rodríguez Soto, Mesa Arango, Posso, conocido con el alias de ‘Giovanni’, y el joven menor de edad, ingresó a eso de las 10 de la mañana al corregimiento Labores, de Belmira, donde aguardarían órdenes de sus superiores.

Para aquel entonces, este municipio del Norte de Antioquia era un lugar de tránsito obligado por los integrantes del bloque Noroccidente de las Auc, liderado por Luis Arnulfo Tuberquia, alias ‘Memín’, dado que permitía conectar fácilmente con otros municipios del Occidente antioqueño como Santa Fe de Antioquia, Cañasgoradas, Liborina y San José de la Montaña, donde el grupo tenía su fortaleza.

Al llegar al corregimiento, los paramilitares, que vestían camuflado, botas de combate y armas de largo alcance, se dividieron y tomaron rumbos diferentes. Rodríguez y Sepúlveda se dirigieron a una central telefónica, donde realizaron varias llamadas. Pocos minutos después hizo presencia una patrulla del Ejército, lo que originó un intercambio de disparos.

A Rodríguez Soto no le quedó más que atrincherarse con su compañero en la central telefónica. Alias ‘Giovanni’, quien lideraba la escuadra, se comunicó con su comandante para informarle que los uniformados los doblaban en número y en poder de fuego. La orden que recibió fue: “entréguense, que yo después miro cómo los saco”.

De acuerdo con testigos del hecho, luego de someterlos y despojarlos de sus armas, los soldados condujeron a los paramilitares capturados hacia la zona montañosa del corregimiento. Horas después se escucharon ráfagas de fusil. Pasadas las 3 de la tarde, los uniformados regresaron nuevamente al caserío, esta vez en una camión oficial en cuyo interior se observaban tres cadáveres vestidos de camuflado.

Entre los lugareños se comenzó a rumorar que los soldados habían asesinado a los integrantes de las Autodefensas. La sospecha aumentaría con la decisión del Ejército de no permitir que miembros de la Policía Judicial realizaran las labores de levantamiento de cadáveres, los cuales fueron conducidos, con toda premura, al municipio de Santa Rosa de Osos.

Días después de esos hechos, en su página oficial de Internet, el Ejército informó que cuatro miembros de las Autodefensas ilegales habían sido dados de bajas por tropas adscritas a la IV Brigada del Ejército en jurisdicción del municipio de Belmira, Antioquia. “Los terroristas tenían en su poder cuatro fusiles, una pistola y municiones”, aseveró el comunicado.

Sin embargo, la familia de Nelson Enrique Rodríguez Soto emprendió una serie de acciones jurídicas con el fin de demostrar que, contrario a la versión militar, los paramilitares fueron asesinados luego de entregarse voluntariamente ante las autoridades, lo que consideraron como un delito de lesa humanidad. Como lo sostuvieron a lo largo del proceso, a Nelson y sus compañeros les aplicaron la pena de muerte, solo por el hecho de pertenecer a un grupo armado ilegal. Al momento de su muerte, este joven llevaba poco más cuatro años en las filas de las Auc.

Durante el proceso se escucharon más de 20 testimonios, los cuales confirmaron la versión de la familia de Rodríguez Soto. Pero sin duda el más importante fue el aporte del soldado Enrique Zabala Zapata, quien hizo parte de la patrulla del Ejército que ingresó ese día al corregimiento, la que terminó inclinando la balanza en favor de las pretensiones de la familia del paramilitar.

“Habían unos guantes al lado de donde estaba el Mayor Iguarán. Estaban ensangrentados y yo le pregunté: ‘¿capitán usted que hizo?’ Él me contesta: ‘me tocó disparar las armas, meterles el dedo de los muertos en el disparador de las armas de los paracos, para que parezcan disparadas, para que les quede pólvora en las manos”, señaló en su versión el soldado, quien agregó además que ‘era frecuente que el Mayor Iguarán cargara guantes de cirugía y un kit consistente en un revólver, un tubo de PVC lleno de dinamita y un radio, para armar el falso positivo donde le diera la pata”.

Los señalamientos del uniformado se dirigían al Mayor del Ejército, Timmy de Jesús Iguarán. A raíz de la decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, la Procuraduría pidió que el expediente fuera trasladado a la Fiscalía, para que esta determine si existen méritos para abrir investigación penal contra el militar.

Si bien ésta no es la primera condena que recibe el Ejército Nacional por una ejecución extrajudicial, pues solo en Antioquia se han proferido más de 15 sentencias de primera instancia, el fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia sienta un precedente toda vez que no existen antecedentes de investigaciones penales o administrativas contra militares por dar muerte extrajudicialmente a miembros de las Autodefensas.

De hecho, hasta el 1 de diciembre de 2012 la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía compulsó a la justicia ordinaria 1.023 casos que involucran a miembros de las Fuerzas Militares con paramilitares. De ahí la inquietud del investigador judicial al conocer el caso: “¿Se trató acaso de una acción del Ejército para mostrar resultados operacionales contra las Autodefensas Unidas de Colombia? ¿Hubo algún tipo de acuerdo entre comandantes, tanto militar como paramilitar?”.

Desafortunadamente para el investigador judicial y para las familias de los integrantes de las Autodefensas que perdieron la vida en estos hechos, es muy probable que la verdad que encierra esta historia no se devele con la misma velocidad que vivió el proceso en los estrados judiciales.  La razón: Luis Arnulfo Triana, alias ‘Memín’, máximo comandante de los paramilitares asesinados por el Ejército y quien puede ayudar a esclarecer gran parte de los hechos, fue excluido de los beneficios de la Ley de Justicia y Paz por el Gobierno Nacional.

Por ahora lo único claro es que, aun tratándose de reconocidos integrantes de un grupo armado ilegal al margen de la ley, el Estado debió proteger su vida y su integridad y que no hacerlo configuró no solo una flagrante violación al ordenamiento jurídico nacional sino también a los tratados que Colombia ha suscrito en materia de protección a los derechos humanos.